Los ayuntamientos deberán publicar los bienes de alcaldes y concejales este mes
Hoy tenemos una comisión de interior para dictaminar el módelo de declaración y pronto un Pleno para aprobarla.
El plazo dado por la Generalitat Valenciana a través de un decreto hecho público en noviembre de 2010 concluye el próximo día 24 de enero para que los ayuntamientos publiquen la relación de bienes y actividades de sus alcaldes y concejales en los Boletines Oficiales de la Provincia, como ejemplo de máxima transparencia.
La Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía recoge en su página web una circular con las instrucciones para que los 5.602 miembros de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana publiquen su relación de bienes y actividades en los respectivos Boletines Oficiales de la Provincia (BOP).
La obligación de alcaldes y concejales de publicar sus bienes es un paso más en la apuesta de la Generalitat por la transparencia de las administraciones públicas valencianas, ya que el propio President, los miembros del Consell y los diputados autonómicos también lo hacen.
Así los ciudadanos de esta Comunitat pueden conocer el patrimonio de sus responsables públicos, desde el alcalde y concejales de su ayuntamiento hasta el President de la Generalitat.
La publicación en el BOP reflejará los datos globales del activo, el pasivo y las actividades, mientras que la información pormenorizada quedará bajo custodia del secretario del ayuntamiento. Se trata exactamente de la misma fórmula que utiliza el Gobierno de España para publicar las declaraciones del presidente y los ministros y la Generalitat para publicar las declaraciones de Camps y los consellers.
El contenido de la publicación será el siguiente:
Titular del cargo
Nombre Primer Apellido Segundo Apellido
Cargo público origen de la declaración
Denominación:
I.Activo
1.Bienes inmuebles (suma de los valores catastrales atendiendo al porcentaje de titularidad)
2.Valor total de otros bienes (valor atendiendo al porcentaje de titularidad)
3.Total.
II.Pasivo (créditos, préstamos, deudas?)
III.Actividades
Tres circunstancias
La toma de posesión, el cese o el fin del mandato, son las tres circunstancias en las que alcaldes y concejales electos deberán dar a conocer su patrimonio. Entre las exigencias mínimas que establece el decreto se encuentran los ingresos netos percibidos en el ejercicio anterior a la declaración, el patrimonio inmobiliario así como vehículos, joyas y obras de arte, además de una relación del pasivo.
Los 5.602 concejales y alcaldes actuales también deberán hacer pública su situación patrimonial antes de que acabe la legislatura, con ocasión del fin del mandato, durante los 30 días siguientes naturales.
En www.dgct.csc.gva.es puede encontrarse un modelo de declaración.
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