Ley sobre salud Sexual y Reproductiva
El Congreso de los Diputados aprobó ayer con el respaldo de 184 de los 350 diputados de la Cámara -ocho por encima de la mayoría absoluta requerida- la reforma del proyecto de Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, que ahora será enviado al Senado, 25 AÑOS después de que se aprobara la regulación actual.La ministra de Igualdad, Bibiana Aído, ha asegurado que la nueva ley, "garantiza la autonomía y libertad de las mujeres, y no descuida la protección de la vida prenatal".
1- Prevenir los embarazos no deseados.
Durante las primeras 14 semanas, la mujer podrá decidir libremente con dos requisitos previos:
1. Se le entregará a la mujer información sobre las prestaciones, derechos y ayudas públicas a la maternidad, sobre los distintos métodos de interrupción y las condiciones previstas en la Ley y sus condiciones para su cobertura por el servicio público de salud correspondiente.
2. Tras un plazo de, al menos, tres días desde la entrega de la información, la mujer decide libremente.
Entre la 14 y la 22 semanas, será posible la interrupción si existe riesgo grave para la vida o la salud de la mujer o existe riesgo de graves anomalías en el feto.
A partir de las 22 semanas, sólo será posible practicar un IVE cuando se diagnostique en el feto la existencia de anomalías incompatibles con la vida o una enfermad extremadamente grave o incurable.
Otra de las cosas que cambia de la Legislación anterior, es que ninguna mujer irá a la cárcel por interrumpir su embarazo. Fuera de los casos que contempla la nueva Ley para la Interrupción Voluntaria del Embarazo, el aborto continuará siendo un delito, pero desaparecerán del Código Penal las penas de prisión para las mujeres, que todavía están vigentes.
⇒ En su lugar se establecerán penas de multa.
⇒ Y, en caso de los profesionales, podrá ser de multa, inhabilitación e incluso prisión, en función de los casos.
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