martes, 30 de noviembre de 2010

Plantilla de Personal 2011 del Ayuntamiento de Massamagrell

En la comisión del 3 de Noviembre se nos entregó una propuesta de plantilla en la que se observaban varios cambios referidos a vacantes, comentaron eran errores que se subsanaron en la Mesa General de Negociación del 11 de Noviembre, solicitamos copia de dicha mesa pero no nos la han facilitado. Criticamos que “se han tenido muchas prisas en la confección de la plantilla y en actualizar sus observaciones”. De hecho, unos minutos antes de celebrarse el pleno del 24 de Noviembre nos indican algunos errores observados y realizamos las pertinentes modificaciones.
Solicitamos la conveniencia de realizar un estudio sobre las necesidades reales de personal en el Ayuntamiento, comentando que hasta el mes de septiembre del año en curso en Policía se han gastado 39.697,72 euros en horas y en el resto de personal se han gastado 36.629,56 euros en horas extras, alcanzándose un total de 76.327,28 euros. "Probablemente se superen los 100.000 euros anuales por este concepto"
Algún trabajador ha llegado a hacer 160 horas extra y hay trabajadores con más de 100 horas extras en lo que va de año. Habría que crear plazas para disminuir el número de horas. Incluso podríamos como en otros Ayuntamientos limitar el número de horas extras a 30 horas extras al año y 15 máximo al mes.
A nuestro juicio hace falta personal en la Brigada de Obras y todo se subcontrata desde el capítulo 2 y las empresas no paran de trabajar y cobrar del ayuntamiento cuando esto podía solucionarse contratando personal, por ejemplo a través de bolsas de empleo personal. También falta personal en Policía y en el Centre Cultural.
Además todavía no han finalizado todavía los trabajos de Catálogo de Puestos de Trabajo.
Tenemos que recordar que la plantilla comprende todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. Se fijan anualmente a través del presupuesto (art. 90.1 LBRL), y no puede superar los límites que para gastos de personal se fijan de forma general y responden a los principios de racionalidad, economía y eficiencia. Su adopción se produce anualmente "con ocasión de la aprobación del Presupuesto" (art. 126.1º TRRL); cualquier modificación exige los mismos trámites que su aprobación, y su ampliación procede cuando el incremento del gasto que suponga se compense con la reducción en otros capítulos de gastos no ampliables o cuando el aumento se deba a establecimiento o ampliación de servicios impuestos por una disposición legal (art. 126.2 TRRL).

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