El
CERMI
Comunidad Valenciana quiere expresar ante la opinión pública,
ante la sociedad valenciana y ante el propio sector de la discapacidad al que
representamos, el malestar y la profunda indignación de los colectivos de personas
con discapacidad por la publicación del Decreto 113/2013 del 2 de agosto del
Consell de la
Generalitat Valenciana, en el que se establece el régimen y
las cuantías de los precios públicos a percibir en el ámbito de los servicios
sociales.
El
CERMI CV
considera una deslealtad institucional el hecho de que tan sólo catorce días
después de la cordial reunión que se tuvo con el president de la Generalitat y
cuatro consellers, el pasado 19 de julio, y sin haberse realizado la consulta
con la representación democrática de la discapacidad, tal y como prevé la
Convención de la ONU, se publicase un Decreto tan duro que viene a empobrecer
la economía de los más débiles dentro del sector de las personas con
discapacidad y sus familias.
Queremos
que la sociedad valenciana conozca el porqué de nuestra indignación y la
repercusión que va a tener si no se retira o corrige el Decreto, como desde ya
mismo solicitamos, en la vida de la persona con discapacidad y en sus
organizaciones de ayuda y voluntariado.
Comenzaremos
por decir que ya en el preámbulo, bajo el pretexto de la igualdad de todos los
usuarios ante los servicios de la Administración, comience confundiéndose
implícitamente las personas con discapacidad, sea cual sea su discapacidad, y
su grado con las personas de la tercera edad en situación de dependencia. Nunca
puede ser la misma situación la de un joven con discapacidad de treinta o
cuarenta años, sea el grado de discapacidad que sea con las necesidades de una
persona de tercera o cuarta edad en estado de dependencia, y por tanto las
leyes y los servicios deben tener esto en cuenta a la hora de fijar normas y
necesidades de apoyos. Por otra parte no nos sirve que el Decreto utilice el
principio de no discriminación para reducir los derechos de la discapacidad ya
que la Convención de la ONU obliga al Estado español a la discriminación
positiva si fuera necesario.
Hay
artículos que incluso contradicen el Código Civil Español, que es una ley de
rango superior, cuando llegan a decir que el tutor puede tener obligación de realizar
el copago del discapacitado, ya que el Código Civil prevé siempre lo contrario
y es que el ejercicio de la tutela, que es siempre del voluntariado, pueda
detraer un porcentaje económico con la autorización del juez, para pagar el
gasto o sustento del tutor. ¿Quién va aceptar ser tutor de una persona con discapacidad,
o enfermo mental, si a parte de la responsabilidad civil invigilando hay que
añadir una responsabilidad patrimonial del tutor? ¿Quiere la Generalitat acabar
con los tutores, o controlar el dinero de todos los tutelados y no cuidar de
ellos? Este problema se suscitó en los
borradores de Decretos tanto de la consellera Dña. Ángelica Such, abogada, y
posteriormente con el Conseller D. Jorge
Cabré, fiscal del TSJ. Ambos consultaron con el CERMI CV y el CERMI les razonó
el por qué y ambos aceptaron respetar la figura del tutor, y ahora no podemos
entender por qué se vuelve un paso atrás.
El
Decreto es tan duro que a todos aquellos que tienen ingresos que superan el
IPREM, es decir un poco más de 500 €, y están en una residencia, se les puede
cobrar hasta el 90% dejándoles para su vida personal exiguas cantidades en
torno a los 130 €. Con los cuales tenemos ejemplos como huérfanos que están en
un piso tutelado, que tendrían que asistir a un taller ocupacional y de una
pensión de 900 €, por superar los 780 € sólo les quedaría libre los 130 €
mínimos con los que tendrían que pagarse bonobús, copago sanitario, vestidos,
ocio, y co-pago en prótesis de movilidad.
Este
Decreto llega tras una minoración de las subvenciones a todos los servicios que
se ha ejecutado este año de un 15%, lo que ha desestabilizado a más de una
entidad y crea un problema y es que el pequeño co-pago que hacían los padres en
residencias, centros ocupacionales, comedores, etc. ya no les queda margen para
ello.
El
Decreto añade una novedad filosófica de los servicios sociales y es la sanción
en la persona con discapacidad ¿Cómo es posible que se pueda expulsar a un
enfermo mental o a una persona con discapacidad, dejándola desasistida, si un
tercero no cumple la obligación del copago? ¿Pueden permitir esta lamentable
situación las fiscalías protectoras de incapacitados, huérfanos y tutelados?¿En
qué condiciones se puede dar esta desasistencia?
¿Cómo
es posible que se obligue a las personas con discapacidad casadas en régimen de
gananciales a realizar un gasto, como es el notarial, para poder obtener el
régimen de separación de bienes, ya que lo que se recoge en el Decreto
perjudicará notablemente a la persona con discapacidad, o su cónyuge, a la hora
del cálculo de la capacidad económica del beneficiario puesto que los
discrimina negativamente con respecto a los que están casados en separación de
bienes?
Las
familias que tienen un hijo con discapacidad, han tenido con este hijo gastos muy
superiores a los que tiene cualquier familia que no tiene hijos con
discapacidad. Todos los miembros de la familita con una persona con
discapacidad han venido aceptando la situación de esta discriminación positiva
hacia las persona con discapacidad en su seno, pero ahora muchas de estas
familias se encuentran, en esta catástrofe estatal, nacional, causadas por todo
eso que nos dicen los políticos de despilfarros, corrupciones, etc., y que han
traído la crisis, en extremo estado de necesidad y requieren de los ingresos de
todos los miembros para sobrevivir, incluidos los de la personas con
discapacidad, y sin embargo es ahora cuando, bajo el nombre de copago, se pone
un tributo encubierto para incautar todos los ingresos que una persona con
discapacidad puede aportar a familias en situación de emergencia económica. No
se permite pues a la persona con discapacidad ser solidaria con aquellos que se
han sacrificado por ella.
El
CERMI CV no es
contrario, y así lo hicimos constar en la entrevista con el President de la
Generalitt, de un cierto copago de las personas que tienen unos ingresos
importantes. Estas personas generalmente no suele asistir a nuestros servicios por
lo que no les va a afectar demasiado el Decreto. Un Decreto, insistimos, que se
ceba cruelmente con los más débiles y con los de menores ingresos económicos.
El
CERMI CV solicita públicamente al Consell que negocie y realice
una modificación seria del Decreto 113/2013, que por lo que hemos dicho puede
juzgar la sociedad que no es un gran acierto y que muestre su sensibilidad con
el Sector.
Puestos
en contacto con algunos miembros de la Administración, nos han puesto un
argumento que no nos vale, y es que se nos dice que esta normativa llega desde el Gobierno
Central. Decimos que este argumento no nos vale, en primer lugar, porque nuestra Comunidad Autónoma tiene
totalmente transferidos los servicios sociales tal y como consta en nuestro
Estatuto de Autonomía. Segundo, porque al parecer el Decreto que tiene
preparado el Ministerio es menos duro que el emitido por el Consell. Tercero,
porque sobre las cifras macroeconómicas no es el copago a los más débiles lo
que va a sacar ni a la
Comunidad Valenciana ni al país de la crisis. Y cuarto, porque
otras autonomías, como la extremeña, están dando ayudas a aquellos sectores con
mayor riesgo de exclusión, como una sobrepaga a la tercera edad,
independientemente de la supuesta imposición del Gobierno Central. ¿Será más
respetable y autónoma la comunidad extremeña que la valenciana?
Finalmente queremos trasladar a la opinión pública que si ha habido
despilfarro, malversación, corrupción o cualquier otra lindeza, no es el sector
de la discapacidad, históricamente machacado, quien ha provocado esta
lamentable situación de crisis que ahora se le quiere hacer pagar.
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