Ante las afirmaciones difundidas sobre las prórrogas de las terrazas en los establecimientos de comidas y bebidas en playas, el MARM ( Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino) se ve obligado a precisar que los locales a los que se hace referencia sobrepasan ya, sin contar las terrazas, las dimensiones máximas previstas en la normativa de costas.
Por ello, en reiteradas ocasiones, se ha comunicado a los concesionarios que el máximo autorizable para la ampliación de estos establecimientos podría ser únicamente de 50 metros cuadrados de terrazas.
En esas condiciones (50 metros cuadrados de terraza) se ha ofrecido a los titulares de anteriores concesiones, que ya alcanzaban las dimensiones previstas en la Ley, la posibilidad de solicitar las ampliaciones de sus establecimientos.
La desestimación de los recursos de alzada a los que se ha hecho mención en diversas informaciones responde a que se solicitaba incrementar las dimensiones actuales, que ya sobrepasa el máximo previsto, con 150 metros cuadrados de terraza.
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